Apreciados, os comento la situación:
Fundación privada sin ánimo de lucro ámbito asistencial (hospital). En febrero de 2007 contrata un investigador para un proyecto concreto, lo hace a tiempo parcial con un "contrato de trabajo para la realización de un proyecto de investigación". Código de contrato 501. La línea de investigación todavía no se ha cerrado, pero llegamos a los cinco años, el mes próximo.
Prescindir de este investigador, por el conocimiento que tiene sobre la línea de investigación nos sería perjudicial, pero no queremos tenerlo como indefinido pues calculamos que en unos dos años la investigación habrá acabado y no habrá lugar para su permanencia en la organización.
Veo que en las páginas del SEPE dice que este tipo de contrato no está sujeto a la duración máxima dels contrato por obra y servicio. Por otra parte sé que la limitación de cinco años corresponde al tipo 420 (acceso al sistema español de ciencia, tecnología e innovación) que no es el caso.
Las dudas:
- És cierto que el plazo màximo, en mi caso, es también de 5 años, para tener que convertirlo a indefinido?
- Existe alguna forma de continuar con el trabajador sin tener que hacerlo indefinido y después tener que despedirlo?
- La generación de otro contrato de investigación, sustanciando un proyecto diferente de investigación, sería posible?
Gracias anticipadas por vuestra colaboración