Determinación Del Período De Vacaciones: Facultad Del Trabajador Y La Empresa

26/05/2009 Usuario LexaGo

Buenas tardes, nuestra consulta es la siguiente, 2 trabajadores nos han solicitado las vacaciones de verano por escrito, Tiene la Empresa que contestar a dicha solicitud también por escrito? Suponiendo que están preavisando en el plazo que marca el convenio, puede la Empresa negarse por alguna motivo a concederselas en esas fechas?. Gracias. Un saludo

Respuesta de abogado

26/05/2009 LEXA Abogados
Buenas tardes,



Tal y como señala el artículo 38.2 del Estatuto de los Trabajadores, el período de disfrute de las vacaciones ha de fijarse “de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los Convenios Colectivos sobre planificación anual de las vacaciones”.



De esta manera, la Ley encomienda de forma prioritaria al pacto individual entre el empresario y el trabajador la fijación del periodo de disfrute.



Asimismo, habrá de acudirse al Convenio Colectivo para verificar los criterios establecidos en el mismo sobre la planificación anual de las vacaciones que han de ser respetados a la hora de acordar el pacto individual. Tales criterios tienen la finalidad de coordinar los períodos de vacaciones del conjunto de la plantilla para evitar conflictos y repercusiones en el proceso productivo.



En el presente supuesto, el Convenio Colectivo aplicable señala textualmente que: “El periodo vacacional comprendido...
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.

Haznos AHORA tu consulta

Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia

      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.
          entre el 15 de junio y el 30 de septiembre se fijará, de común acuerdo, entre empresa y trabajador (…)”. De esta manera, el Convenio Colectivo permite el mutuo acuerdo entre trabajador y empresario para establecer los días de disfrute. Por todo ello, y dependiendo de la carga de trabajo existente en esos días, la empresa podría negarse a conceder los días de vacaciones solicitados por el trabajador.



          Pero debe advertirse que, en el supuesto de vacaciones colectivas, el convenio colectivo aplicable señala que la empresa y los representantes de los trabajadores deberán de tratar de llegar a un acuerdo deberá llegar a un acuerdo sobre la fijación de las fechas de disfrute antes del 31 de marzo de cada año.



          En relación a la forma de contestación, por seguridad jurídica recomendamos la forma escrita ya que la comunicación de solicitud fue también escrita.



          Esperamos haber resuelto su consulta.



          Reciba un cordial saludo.

          Somos abogados

          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.