Siguiendo con el asunto de un trabajador despedido por objetivo, y que el trabajador ha reclamado por improcedente, por haber obviado un contrato anterior de seis meses, tenemos que esperar a consignar la inmdenizacion a que transcurran los 20 dias habiles de otros dos trabajadores despedidos, y entonces consignar la indemnizacion mas los salarios de tramitación. Una vez hecho esto, ¿qué ocurre? quiero decir, si una vez que el trabajador percibe su indemnizacion y los salarios, se paraliza todo el proceso, o igualmente hay juicio en este caso? Imagino que no, pero como no nos ha ocurrido nunca, necesito confirmar este dato.
Otra pregunta: los 20 días hábiles para presentar la reclamación por imporcedente, son desde la fecha de efectos del despido, o desde la fecha en la que acaban las vacaciones que se abonan al trabajador por no haberlas disfrutado?
LexaGO