2023-05-31 06:47:29

Despido Disciplinario Y Negociación

30/07/2009 Usuario LexaGo

Hola, qué tal, estamos pensando despedir a una persona, que va a luchar por el tema hasta el final. Se trata de un despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual y no tenemos tampoco una prueba contundente, pero queremos despedirlo ahora. Intentaremos negociar después del despido, pero en caso de que no lleguemos a un acuerdo, tendremos que reconocer seguramente la improcedencia para no pagar salarios de tramite. Es así?. Hasta cuándo tendríamos tiempo para reconocer la improcedencia y evitar salarios de tramitación del despido si vemos que no hay forma de negociar?

Respuesta de abogado

31/07/2009 LEXA Abogados
Buenos días:



Con respecto a la negociación, entendemos que lo prudente será negociar hasta la fecha en la que podamos reconocer la improcedencia, ya que en caso de no salir la negociación, se podrían por lo menos paralizar los salarios de tramitación.



Hasta el pasado 28 de noviembre de 2008, el Tribunal Supremo no se había pronunciado sobre la fecha límite. El Estatuto de los Trabajadores señala que se podrá reconocer la improcedencia hasta la fecha de la conciliación, sin concretar si se trataba de la conciliación administrativa o judicial. Por eso, algunos tribunales entendían que debía reconocerse la improcedencia antes del Acto de Conciliación administrativa, y otros que la fecha límite era la conciliación judicial.



Por eso, lo prudente era negociar hasta el acto de conciliación administrativa, y para el caso de que fuese imposible llegar a un acuerdo, y no hubiese prueba para ganar el pleito, lo aconsejable en muchas ocasiones era reconocer la improcedencia en el propio acto de conciliación.



No obstante, dicha sentencia del Tribunal Supremo, de 28 de noviembre de 2008, unifica doctrina en el sentido de considerar que dicho plazo se extiende hasta la conciliación judicial, por lo que tendriáis tiempo para negociar hasta el propio juicio. Eso sí, hasta la fecha del reconocimiento de la improcedencia en todo caso, habría que abonar los salarios de tramitación.



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          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra