Despido De Una Trabajadora Con Reduccion De Jornada Por Cuidado De Hijos

13/01/2011 Usuario LexaGo

Se trata de solventar una duda: Si a una trabajadora en reduccion de jornada por cuidado de hijos desde hace cuatro años, se le despide, el cálculo de la indemnización se debe calcular como si estuviera a jornada completa o ésto sólo es en el caso de despedirla dentro de los dos primeros años de su reducción de jornada?

A la hora de cobrar su prestación por desempleo, en el mismo caso, como ha pasado mas de dos años en reduccion de jornada por cuidado de hijo, su prestación es conforme a bases reales, o se le pagará la prestacion como si hubiera cotizado jornada completa?
Gracias.

Respuesta de abogado

14/01/2011 LEXA Abogados
Buenos días:

Efectivamente, como si estuviese a Jornada completa (Disposición Adicional 18ª del Estatuto de los Trabajadores), siempre y cuando se encuentre dentro del PLAZO LEGAL MÁXIMO para encontrarse en situación de reducción de jornada por guarda legal (es decir, hasta que el menor cumpla 8 años de edad). En vuestro caso, habrá que valorar cuántos años tiene el niño por el que se pidió la reducción de jornada.

Por otro lado, en relación al desempleo que procedería percibir, será el resultado del cálculo de la base de cotización de jornada completa, pero con la reducción que conllevará el hecho de que se encuentre a tiempo parcial. Por eso, la trabajadora nunca percibirá mayor cuantía que si estuviese trabajando. Por lo tanto, se aplica la base de cotización completa, pero se le aplica el porcentaje de jornada en la que se encuentre, por lo que realmente es como si para el desempleo, no se le tuviese en cuenta dicha base de cotización completa. En cambio para el resto de prestaciones sí se le tiene en cuenta.

Esperamos haber resuelto su consulta.

Reciba un cordial saludo.
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.
Haznos AHORA tu consulta
Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia
      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.

          Somos abogados

          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.