Despido De Trabajador Por Causas Objetivas

09/12/2009 Usuario LexaGo

Buenas tardes.



Tenemos la siguiente duda: la empresa comunicó al trabajador que iba a rescindir su contrato de trabajo por causas objetivas con fecha 30-11-09. El día 29-11-09 la empresa comunica al trabajador que por circunstancias de mejora de resultados previsibles no va a proceder al despido y que debe de seguir prestando sus servicios en la empresa en la mismas condiciones, es decir, el trabajador seguirá realizando el trabajo que prestaba.¿ Se puede oponer el trabajador a seguir prestando sus servicios alegando que la empresa le comunicó el despido por causas objetivas y lo que el trabajador quiere es que se produzca su despido?. ¿La empresa tiene alguna posibilidad de sancionarle por no reincoporarse al puesto de trabajo que ahora ha decidido no amortizar.



En la espera de su respuesta, reciban un cordial saludo.

Respuesta de abogado

10/12/2009 LEXA Abogados
Buenas tardes,



El supuesto que planteas es particular y no existe jurisprudencia abundante al respecto.



Sin embargo el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en una sentencia de fecha 25 de septiembre de 1998, así como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sentencia de 14 de noviembre de 1995, indican lo siguiente:



“Si la decisión extintiva de la relación laboral requiere la única voluntad del empresario, es suficiente para dejarla sin efecto esa misma voluntad decidiendo no extinguir la relación laboral, de manera que cuando la empresa comunica tal decisión a la trabajadora y la insta a que se reincorpore a su puesto ésta deja de estar despedida.”



De manera que habría que comunicar al trabajador por escrito que ha cesado la causa objeto de su despido, y que como todavía el mismo no ha surtido efectos, queda sin sentido. En la misma comunicación habrá que exigirle que siga trabajando y devuelva asimismo la indemnización que se ha puesto a su disposición con la entrega del preaviso. Si el trabajador no obedece, procede la sanción.



No obstante, en el supuesto de que la misma hubiese causado efectos, según numerosa jurisprudencia unificada, el empresario en ningún caso podrá solicitar la reincorporación.



Esperamos haber resuelto su consulta.



Reciba un cordial saludo.
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          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
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