Buenos días.
Quisiera plantear una duda: Si mi empresa tiene abierto un ERE temporal de suspension de contratos de 180 días dentro de un período de un año, puede despedir a tres empleados a través del art. 52.c del ET, que estan incluidos en el ERE temporal de suspensión, o el hecho de estar incluidos en el ERE temporal me impide aplicar el despido por vía del art. 52.c, ET; las causas para ejecutar los despidos, son las mismas que la que llevaron a la aplicación del ERE, pero la situación economica esta empeorando los resultados economicos de la empresa, que necesita ajustar ingreso y gastos.
En la espera de vuestra respuesta, recibir un cordial saludo.
LexaGO