Buenos días,
Tengo una situación un tanto curiosa, por no decir absurda, hemos llegado con un trabajador a un acuerdo para la aplicación de un despido objetivo por causas económicas y organizativas.
El problema ha surgido porque en el momento de negociar cantidades y llegar a un acuerdo final, se ha sacado de la manga que debemos llegar a un acuerdo de renovación bianual para la cesión de las fotografías realizadas por él para la empresa como autor de las mismas, claro a cambio de una cantidad económica por ello y que se abonará cada dos años.
Las fotografías a las que se refiere son de los productos que fabricamos y que luego se utilizan para los catálogos o la página web. Y los originales están en nuestro poder.
He estado buscando legislación y sentencias al efecto, porque la verdad la solicitud me ha dejado fuera de juego, y creo que no tiene razón en su solicitud. Porque por supuesto él es el autor de las fotografías, la titularidad es de la empresa porque la realización de las mismas está bajo el amparo de un contrato laboral y son de productos propios de la empresa.
He estado mirando una sentencia del TS del 31/03/1997 sobre algo relacionado con un fotógrafo donde demostró que su relación era ajena y no autónoma, que da unas pinceladas pero no aclara del todo.
Yo creo que no tiene razón, pero que opináis vosotros.
Gracias.
"Artículo 51. Transmisión de los derechos del autor asalariado
1. La transmisión al empresario de los derechos de explotación de la obra creada en virtud de una relación laboral se regirá por lo pactado en el contrato, debiendo éste realizarse por escrito.
2. A falta de pacto escrito, se presumirá que los derechos de explotación han sido cedidos en exclusiva y con el alcance necesario para el ejercicio de la actividad habitual del empresario en el momento de la entrega de la obra realizada en virtud de dicha relación laboral".
LexaGO