UN TRABAJADOR PIDE A LA EMPRESA UN ANTICIPO SOBRE SU NOMINA DEL MES.LA EMPRESA SE PUEDE NEGAR A DARLE ESE ANTICIPO SOBRE LA NOMINA QUE DIGAMOS, YA HA GENERADO?
24/02/2010Usuario LEXA Online
Respuesta de despacho:
25/02/2010LEXA Abogados
Buenos días:
El empresario, en virtud del art. 29 del Estatuto de los Trabajadores, debe anticipar el salario que corresponda al trabajo del mes ya realizado. Por lo tanto, tendrá derecho a solicitar el salario que corresponda a los días que ha trabajado del mes.
Por tanto, sí que tendría derecho el trabajo, y el empresario debe documentarlo en una nómina independiente.
No obstante, el trabajador sólo podrá solicitar lo correspondiente a salario de devengo mensual, por lo que no podrá pedir anticipo, por ejemplo, de la parte proporcional de la paga extra que se haya devengado hasta el momento. Así se desprende de sentencia del Tribunal Supremo, de 6 de mayo de 1994.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.
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