me preocupa mucho el tema del control de los ordenadores en los despidos y la sentencia esa que comentásteis en el boletín pasado. Cada vez que hay un despido en la empresa, nosotros entramos en el ordenador del trabajador a recuperar información, documentos, etc, para seguir realizando tareas pendientes. Se nos puede sancionar por eso? entiendo que tampoco será tan fácil sancionar, no? o por lo menos eso espero, saludos
LexaGO