Buenos días. Si un trabajador cotiza por el tope cuando cobra la prestación por desempleo el INEM cotiza por ese tope o por la prestación que cobra. Gracias y saludos.
07/10/2010Usuario LEXA Online
Respuesta de despacho:
08/10/2010LEXA Abogados
Buenos días:
Siempre por la base de los últimos 6 meses. Por lo tanto, por el tope, siempre que se trate de los 24 meses de prestación contributiva de desempleo.
Si finalizada la prestación contributiva por desempleo, el trabajador percibe el subsidio para mayores de 52 años (por ejemplo), esto no será suficiente para mantener la base de cotización de ese momento en el tope. Para ello será muy conveniente (aunque no necesario), además suscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social, con objeto de mantener la base de cotización existente en el tope máximo.
No obstate, durante los primeros 24 meses de desempleo contributivo, no hay que preocuparse de la base de cotización, ya que será el propio INEM el que cotice por dicha base a la Tesorería General de la Seguridad Social por nosotros.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.
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