Se me plantea en el despacho esta reclamación :
Trabajadora que se da de baja por enfermedad el dia 13/07/2009 es ALTA el 19/09/2009, el dia 20/09/2009 coge la baja por maternidad. y se reincoprpora de nuevo el 10/01/2010.
Despues de esta fecha solicitad una excedencia por cuidado de hijo que la empresa le concede desde el 31/01/2010 al 25/08/2010 fecha en la que se reincorpora de nuevo, y solicita una edudicción de jornada al 50% que de mutuo acuerdo se concede, esta reducción de jornada es comunicada a Seg. Social, ESTA ES SU SITUACION ACTUAL, la empresa ha cotizado por ella en relación a la media jornada.
Ahora la trabajadora esta de nuevo embarazada y reclama que la cotización deberia de haber sifdo del 100%, ahora cuando b¡vuelva a coger la baja por maternidad cllaro le va a queda la prestación en relación a lo que esta cotizando la empresa, que no es el 100%, siempre y cuando esta situación se produzca en el periodo de dos años.
Esta cotización es asi o lo hemos hecho mal.
En caso de que hallamos cometido este error, que opciones hay para subsanarlo, una de las que yo le he expuesto a la empresa es la de ampliar la jornada al 100% durante estos 2 0 3 meses y asi cotizar el 100% , en el momento de coger la baja como se coge la base del mes anterior, seria viable.
Muchas gracias, espero vuestro comentario al respecto.
Un saludo
LexaGO