Los trabajadores de un centro de trabajo que tenemos en La Rioja están adscritos al Convenio sectorial de La Rioja.
El año pasado se firmó el convenio pero es de eficacia limitada, Extraestatutario y en este centro no tenemos ni delegados de personal y nuestra empresa no estaba dentro de la patronal de la mesa negociadora.
ni nuestros trabajadores tuvieron representación en la mesa negociadora ni nosotros, así que entiendo que no es aplicable a nuestros trabajadores.
En enero 2009 sí que se aplicó la subida salarial que se indicaba en el convenio (IPC previsto+0.5= 2.5%), a pesar de que no estábamos obligados.
Ahora en 2010 si no queremos aplicar lo que indica el convenio para la revisión salarial, ¿tendríamos algún problema?. Entiendo que no, pero ya me confirmareis.
Muchas gracias,