Buenos días,
Una de nuestras cuatro empresas se encuentra en Cataluña.
Se le aplica el convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos.
Tenemos a una persona contratada en el nivel 3.
Nuestra duda es si tenemos que aplicar el plus convenio del art.38 además de la cuantía fijada para los trabajadores del nivel 3.
Muchas gracias y un saludo
LexaGO