Buenos días:
Por las circunstancias vuestras entendemos que el contrato que encaja mejor con el apoyo de mano de obra de 2 semanas antes de San Fermín, debería ser el contrato eventual por circunstancias de la producción.
No obstante, el art. 13 del convenio colectivo de Construcción de Navarra prohíbe este contrato para trabajar en la obra. Por lo tanto, en la obra, únicamente será posible el contrato de obra. No tiene una duración mínima, por lo que no hay problemas en que dure 2 semanas. Pero en todo caso, debe concretarse muy bien la obra a realizar para que a las dos semanas no haya duda alguna en la rescisión del contrato.
Os lo comentamos porque el contrato de obra en construcción es muchas veces difícil de definir, y en muchas ocasiones se despide a trabajadores que no han acabado la obra que viene reflejada en su contrato, o que han visto ampliado su contrato por haber sido destinados a otras obras, y no han finalizado todas ellas. En esos casos, el despido se entiende improcedente, ya que no ha finalizado la obra, o obras, para las que había sido contratado el trabajador.
Por ello, para que ésto no os pase, es importante definir muy bien en el contrato los trabajos de esas 2 semanas y no tendréis problemas.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.

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