Contrato Interinidad Riesgo Embarazo

14/02/2011 Usuario LexaGo

Buenos días. El 31 de enero, una trabajadora, se cogió la baja por embarazo de riesgo. Le faltan unas 3 semanas para tener al bebé. Voy a coger una persona para sustituirla y mi duda es si primero hago un contrato para sustituir la baja de riesgo y luego lo tengo que cortar y hacer un nuevo para la baja maternal o puedo hacerlo todo en un contrato. Gracias y un saludo.

Respuesta de abogado

15/02/2011 LEXA Abogados
Buenas tardes:

Aunque considero que no tendrá repercusión alguna si hacemos un único contrato, ya que es seguro que la trabajadora (a tres semanas del parto) no volverá a prestar servicios en la empresa antes de la prestación por maternidad, aconsejamos que se realicen dos contratos de interinidad independientes, ya que la maternidad todavía no se ha solicitado.

Realmente son dos situaciones suspensivas del contrato totalmente diferentes, y la una no trae consigo necesariamente la otra. Por tanto, entendemos que lo correcto es realizar dos contratos de interinidad diferentes, en donde conste la causa que en cada momento pueda acreditarse.

No obstante, a pesar de que se realizase un único contrato, no habría en ningún caso fraude de ley, y por lo tanto, la finalización del mismo no sería en ningún caso despido improcedente (entre otras, sentencia del TSJ de Cataluña, de 10 de enero de 2002).

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