Podemos hacer un contrato indefinido de fomento de empleo a un trabajador que :
- en 2010, tuvo tres contratos, uno del de Enero a marzo (acumulación tareas), el segundo de 03.05 al 10.09 (por acumulación tareas) y el tercero de 13.09 hasta hoy (interinidad).
No tengo muy claro si debe computarse para los 6 meses el 2º contrato o únicamente el de interinidad, ya que la legislación dice "Trabajadores que estuvieran empleados en la misma empresa mediante un contrato de duración determinada o temporal, incluidos los contratos formativos, celebrados a partir del 18 de junio de 2010. Estos contratos podrán ser transformados en un contrato de fomento de la contratación indefinida con anterioridad al 31 de diciembre de 2011 siempre que la duración de los mismos no haya excedido de seis meses. Esta duración máxima no será de aplicación a los contratos formativos.Gracias