Contrato Idóneo Para Cubrir Numerosas Bajas Por La Gripe A: Contrato Eventual

10/08/2009 Usuario LexaGo

Podemos utilizar esta modalidad de contratación 402"eventual por acumulación de tareas" para cubrir un fuerte incremento de absentismo originado por IT causadas por la Gripe A por diferentes trabajadores,(las previsiones dadas por la OMS habla de un 25 a un 40%) o bien debo hacer un contrato de interinidad por cada trabajador que se quede de baja.
Gracias

Respuesta de abogado

11/08/2009 LEXA Abogados
Buenos días:



La situación obedece claramente a un aumento de las tareas por déficit de personal. El tribunal Supremo viene entendiendo (entre otras, sentencia de 16 de mayo de 1994) que este tipo de situaciones deben cubrirse con contratos eventuales:



"La situación que se acaba de exponer constituye, sin duda alguna, un supuesto de «acumulación de tareas», de los que se prevén en los preceptos antes citados. Lo que caracteriza a la «acumulación de tareas» es, precisamente, la desproporción existente entre el trabajo que se ha de realizar y el personal que se dispone, de forma tal que el volumen...
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.

Haznos AHORA tu consulta

Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia

      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.
          de aquél excede manifiestamente de las capacidades y posibilidades de éste; y ello se produce tanto cuando se trata de aumento ocasional de las labores y tareas que se tienen que efectuar aun estando al completo la plantilla correspondiente, como cuando, por contra, se mantiene dentro de los límites de la normalidad el referido trabajo pero, por diversas causas, se reduce de modo acusado el número de empleados que ha de hacer frente al mismo."



          Por lo tanto, el tipo de contrato a realizar es claro: contrato eventual.



          Esperamos haber resuelto su consulta.



          Reciba un cordial saludo.

          Somos abogados

          Eduardo Castilla Baiget
          Eduardo Castilla Baiget
          Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.