buenas tardes:
Según tengo entendido, si un trabajador recibe una indemnización por despido y al tiempo (menos de 3 años) vuelve a contratarle la misma empresa que le despidió, la indemnización deja de estar exenta de tributación... eso sigue siendo así? si el contrato celebrado en ese tiempo fuera temporal también debería declarar la indemnización? es decir, si fuera por ejemplo una sustitución de dos semanas...
gracias de antemano
LexaGO