Buenos días:
La carta de despido es fundamental, ya que marcará aquéllos hechos que podrán acreditarse en juicio. Lo que no se diga en la carta de despido, no podrá ser objeto de prueba.
Por ello, en un despido como el que planteas (teniendo la prueba tan conseguida), debéis concretar los días de los diferentes robos, la cantidad que se robó en cada caso, los posibles antecedentes que haya, etc.
Así se desprende de una sentencia muy reciente en un supuesto similar, del TSJ de Madrid, de 13 de noviembre de 2009:
"Se trata de delimitar fácticamente los términos de la controversia, siendo la inequivocidad...

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nota fundamental y básica de la carta y debiendo por tanto contenerse un relato de los hechos imputados suficientemente amplio y expresivo, con el detalle o concreción preciso, al no ser suficiente una vaga expresión o afirmación genérica, que no se ajusta a la ley (sentencias del Tribunal Supremo, de 16 de julio de 1981, de 2 de diciembre de 1982, de 26 de junio de 1986, de 18 de octubre de 1984 y de 25 de mayo de 1983)."
Como ves, teniendo la prueba tan clara, es mejor que la carta sea exhaustiva.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.