Condiciones Del Ere De Suspensión Antes De La Reforma Laboral 2010

22/03/2010 Usuario LexaGo

Buenas tardes.

Necesitamos saber una vez tramitado un ERE por los días que trabaja el trabajador la empresa ¿le descuenta algo?, ¿cobra lo mismo....? y por los días que está de ERE ¿cuanto le paga el estado el 100% 90%.....? ¿cuanto consume de su correspondiente PARO?.

Por favor necesito saber como quedaría el trabajador, y la empresa una vez aplicado el ERE.

Convenio: Transporte mercancias por carretera.

Un saludo,

MUCHAS GRACIAS.

Respuesta de abogado

23/03/2010 LEXA Abogados
Buenos días:



El ERE de suspensión actúa en la nómina del trabajador de la forma siguiente: por los días que trabaja, cobra exactamente el salario que percibía antes del ERE, y por los días de ERE cobra días de desempleo. Por lo tanto, los días que está activo el ERE para ese trabajador, cobra días de desempleo, que se abonan de la siguiente forma:



1.- Los 180 primeros días, el 70% de la base reguladora.

2.- A partir del día 181, el 60% de la base reguladora.



Eso sí, habrá que tener en cuenta que el máximo a percibir por desempleo será el siguiente:



1.- Sin hijos a cargo: 1.087,20 €/mes ó 36,24 €/día.

2.- Con un hijo a cargo menor de 26 años: 1.242,52 €/mes ó 41,41/día.

3.- Con dos o más hijos a cargo menores de 26 años: 1.397,83 €/mes ó 46,59 €/día.



Por lo tanto, si un trabajador que cobraba 2000 € por 12 pagas está 15 días trabajando y 15 días en el desempleo (por aplicación del ERE de suspensión), tendrá 15 días del salario...
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.

Haznos AHORA tu consulta

Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia

      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.
          que venía percibiendo (66,66 € por 15 días), más 15 días (por ejemplo, si no tiene hijos) de 36,24 € de máximo cada día. Se le aplica 36,24 € en los días de desempleo porque el 70% de su base reguladora es 1400 €, y por lo tanto supera el máximo.



          Por lo tanto, el resultado de la aplicación de 15 días de ERE para dicho trabajador, es pasar de percibir 2000 euros (cuando trabajaba un mes completo), a percibir aprox. 1.543,6 €.



          En ocasiones, para evitar esta reducción de ingresos, la empresa complementa (si así ha sido pactado en el acuerdo con los trabajadores al presente el ERE) hasta el 90%, 100% del salario que percibía.



          Como ves, la nómina del trabajador se ve totalmente afectada. Asimismo, por cada día de desempleo, se le irá agotando el total de desempleo que tenga reconocido.



          Esperamos haber resuelto su consulta.



          Reciba un cordial saludo.

          Somos abogados

          Eduardo Castilla Baiget
          Eduardo Castilla Baiget
          Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.