Buenos días:
El ERE de suspensión actúa en la nómina del trabajador de la forma siguiente: por los días que trabaja, cobra exactamente el salario que percibía antes del ERE, y por los días de ERE cobra días de desempleo. Por lo tanto, los días que está activo el ERE para ese trabajador, cobra días de desempleo, que se abonan de la siguiente forma:
1.- Los 180 primeros días, el 70% de la base reguladora.
2.- A partir del día 181, el 60% de la base reguladora.
Eso sí, habrá que tener en cuenta que el máximo a percibir por desempleo será el siguiente:
1.- Sin hijos a cargo: 1.087,20 €/mes ó 36,24 €/día.
2.- Con un hijo a cargo menor de 26 años: 1.242,52 €/mes ó 41,41/día.
3.- Con dos o más hijos a cargo menores de 26 años: 1.397,83 €/mes ó 46,59 €/día.
Por lo tanto, si un trabajador que cobraba 2000 € por 12 pagas está 15 días trabajando y 15 días en el desempleo (por aplicación del ERE de suspensión), tendrá 15 días del salario...

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que venía percibiendo (66,66 € por 15 días), más 15 días (por ejemplo, si no tiene hijos) de 36,24 € de máximo cada día. Se le aplica 36,24 € en los días de desempleo porque el 70% de su base reguladora es 1400 €, y por lo tanto supera el máximo.
Por lo tanto, el resultado de la aplicación de 15 días de ERE para dicho trabajador, es pasar de percibir 2000 euros (cuando trabajaba un mes completo), a percibir aprox. 1.543,6 €.
En ocasiones, para evitar esta reducción de ingresos, la empresa complementa (si así ha sido pactado en el acuerdo con los trabajadores al presente el ERE) hasta el 90%, 100% del salario que percibía.
Como ves, la nómina del trabajador se ve totalmente afectada. Asimismo, por cada día de desempleo, se le irá agotando el total de desempleo que tenga reconocido.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.