Buenas tardes,
Tenemos un trabajadora que habiendo tenido una baja por IT desde el 8/4/2011 hasta el 27/11/2011, posteriormente el 28/11/2011 comenzar una baja de maternidad y posterior lactancia acumulada, se reincopora a su puesto el día 10/4/2012.
Entendemos que, a raíz de la sentencia tantas veces comentada del 24 de Junio de 2009, como la baja es anterior al disfrute de las vacaciones marcadas, tendría derecho a disfrutar de un nuevo período de vacaciones. En este caso tendría pendientes 22 días de vacaciones del año 2011.
La duda que nos surge es acerca de la concrección de esos días que tiene pendientes; nuestro convenio (Establecimientos Financieros de Crédito) estipula que el personal podrá partir las vacaciones en tres períodos, no sabemos si esos 22 días se sumarían a los 24 que aún dispone de este año, de tal forma que tendría derecho a repartir esos 46 días en tres tramos o por el contrario los 22 del año 2011 se podrían repartir en tres tramos y los 24 de este año en otros tres.
Asimismo, por necesidades de trabajo a nosotros nos convendría que los días de vacaciones pendientes del año 2011 se disfrutaran inmediatamente y de forma continuada, por lo que le agradecería que nos confirmasen si ésto sería posible.
Agradecido de antemano
Un saludo