Buenas Tardes,
Como bien señalas, los trabajadores contratados a tiempo parcial, que no estén percibiendo prestaciones económicas por desempleo, podrán suscribir voluntariamente con la Entidad Gestora un Convenio Especial de la Seguridad Social.
De tal manera que, durante el tiempo que dure la reducción de jornada, el trabajador podrá suscribir con la Seguridad Social un Convenio Especialy paralelamente mantener su relación laboral a tiempo parcial.
Debemos recordar que, para poder suscribir el Convenio Especial el trabajador ha de tener cubierto un período mínimo de cotización de 1.080 días dentro de los doce años inmediatamente anteriores a la fecha de nacimiento del Convenio Especial.
Es importante señalar que, el Convenio Especial debe ser solicitado con la misma fecha de efectos de la reducción de jornada planteada.
Finalmente, en el momento en que el contrato a tiempo parcial termine y se recupere la jornada completa y consecuentemente, tambien, el salario completo, el Convenio Especial deberá finalizar.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.

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