Respuesta de abogado:
04/05/2011 LEXA Abogados
Buenas tardes:
Efectivamente lo que comentas es fácil que sea considerado cesión ilegal. Lo relevante para los Tribunales no es tanto que se trate de una empresa ficticia (que no lo sois) sino que se PONGA EN JUEGO toda la organización y dirección por vuestra parte, y hacia vuestros trabajadores.
Por tanto, si realmente es la empresa principal la que va a gestionar el día a día de vuestros trabajadores, si dicho extremo queda acreditado en juicio (es realmente fácil acreditar este extremo), se considerará que hay cesión ilegal. Hay una reciente sentencia del Tribunal Supremo, de 27 de enero de 2011, en la que se llega a considerar el siguiente extremo:
"Tampoco es suficiente el que la empresa cedente contrate también a determinados mandos intermedios que dan órdenes a los trabajadores presuntamente cedidos ilegalmente pero que, en realidad, dichos mandos intermedios reciben la órdenes de los mandos superiores de la empresa cesionaria, es decir, que ellos mismos - esos mandos intermedios- pueden ser, a su vez, trabajadores cedidos ilegalmente".
Se trata de una declaración clara contra los supuestos de cesión ilegal. La empresa que es objeto de la citada cesión ilegal, incluso se había preocupado porque en la empresa principal o cliente hubiese mandos intermedios de su empresa dando órdenes. Es decir, quería acreditar que realmente ponía EN JUEGO TODA SU ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN. Pues bien, aún así, el Tribunal Supremo considera que hay cesión ilegal.
Por todo ello, entendemos que la diferencia es difícil salvarla en la organización y dirección de los trabajados, y realmente donde más podéis orientar el tema es en concretar y darle auténtica autonomía a la actividad que estáis realizando en la empresa cliente. Es decir, que aunque se trate de una tarea básica, que en dicha tarea podáis acreditar que estáis especializados. De esta forma, la empresa cliente os podrá decir qué quiere, pero no cómo debéis realizarlo. Lo que exige la jurisprudencia realmente es que seáis especialistas en cómo realizar dicho trabajo, aunque sea realmente básico.
Por eso, como dice el usuario 37, es muy delicado el tema de la cesión ilegal, y en un caso como el vuestro, salvo que defináis bien los procesos y el trabajo a realizar, es fácil que el trabajo sea totalmente dirigido por el cliente, y por tanto un Tribunal lo considere cesión ilegal.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.