Tengo duda sobre si meter o no a una persona que está de excedencia por cuidado de hijos menores de tres años. Ya me confirmaréis si la meto o no, gracias,
04/01/2012Usuario LEXA Online
Respuesta de despacho:
05/01/2012LEXA Abogados
Buenos días:
Entendemos que en todo caso, deben incorporarse en el censo laboral. Si tenemos en cuenta que incluso se incluyen en el censo aquéllos trabajadores con el contrato ya extinguido (pero en el año anterior a la convocatoria) con mayor razón deberán incluirse alguien que tiene el contrato suspendido, y además con reserva al puesto de trabajo. Por tanto, consideramos que sí debe incluirse en el censo, pero no tendrá derecho a voto, ni posibilidad de ser elegida.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba uin cordial saludo.
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