Cambio Temporal Centro De Trabajo

22/02/2011 Usuario LexaGo

Nuestra empresa tiene dos centros de trabajo. Uno en Navarra y otro en La Rioja. Por necesidades puntuales enviamos trabajadores de un centro a otro para cubrir alguna ausencia o punta de trabajo. El tema nunca excede de una semana, pero ahora necesito que una de nuestras trabajadoras pase de un centro al otro por lo menos 3 meses sino mas. La trabajadora está de acuerdo y no hay ningún problema pero quiero saber que tramites debo hacer para que todo quede claro y no pueda haber problemas posteriormente de malos entendidos.
Gracias.

Respuesta de abogado

23/02/2011 LEXA Abogados
Buenas tardes:

En un supuesto como el vuestro, en el que se pasa del centro de trabajo en Navarra al de La Rioja, hay un cambio de domicilio. Por lo tanto, en función del tiempo que dure el cambio de centro de trabajo, se trata de valorar si estamos ante un traslado o un desplazamiento. Al ser por un período de menos de 12 meses en un periodo de 3 años, se trata de un desplazamiento. Si el cambio de centro de trabajo supera los 12 meses sería considerado un traslado. Por lo que dices, en vuestro caso es un desplazamiento, ya que difícilmente llegaría a 12 meses.

La diferencia entre traslado y desplazamiento es de vital importancia, ya que en el caso del traslado, el trabajador tiene derecho a optar entre aceptar el traslado o rescindir el contrato con derecho a 20 días por año de servicio.

De esta forma, siendo un desplazamiento, los pasos a dar serían los siguientes:

1.- Notificar al trabajador la decisión con 5 días laborables de preaviso. En dicha comunicación debéis justificar el desplazamiento en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; o por contrataciones referidas a la actividad empresarial. En vuestro caso, tenéis justificado, por lo que dices, el desplazamiento en una punta de trabajo excepcional, por lo que el desplazamiento estaría justificado. Os adjuntamos un MODELO de carta de desplazamiento.

2.- Abonar a la trabajadora los gastos de viaje y las dietas.

3.- Darle un permiso cada tres meses de 4 días laborables, en los que la trabajadora podrá disfrutar estando en su domicilio de Origen (en este caso, en Navarra).

En todo caso, ella podrá impugnar el desplazamiento expresando que no hay causas objetivas (producción, técnicas, organizativas, económicas, etc), pero teniendo en cuenta vuestra punta de trabajo, el hecho de que exista un antecedente de otros trabajadores que han sido desplazados de un centro a otro, hace pensar que el tema estaría justificado.

Esperamos haber resuelto su consulta.

Reciba un cordial saludo.
Señal de advertencia Atención Señal de advertencia
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.
Haznos AHORA tu consulta
Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia
      Recibirás tu respuesta al momento
      ✍🏻 Explica brevemente el contexto ❓ Resume tu duda en una sola pregunta 🗣 Recuerda expresarte en tu lenguaje diario
        Caracteres restantes: X

          PRIMERA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LABORAL CREADA Y SUPERVISADA POR ABOGADOS
          Haz click aquí si ya eres cliente para ver esta respuesta
          Este sitio está protegido por reCAPTCHA y se aplican la Política de Privacidad y los Términos de Servicio de Google.

          Somos abogados

          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
          Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

          LexaGo Resuelve Consultas Laborales

          Da respuesta a tus clientes de forma mucho más rápida y con jurisprudencia en cada caso.