Buenas tardes:
En un supuesto como el vuestro, en el que se pasa del centro de trabajo en Navarra al de La Rioja, hay un cambio de domicilio. Por lo tanto, en función del tiempo que dure el cambio de centro de trabajo, se trata de valorar si estamos ante un traslado o un desplazamiento. Al ser por un período de menos de 12 meses en un periodo de 3 años, se trata de un desplazamiento. Si el cambio de centro de trabajo supera los 12 meses sería considerado un traslado. Por lo que dices, en vuestro caso es un desplazamiento, ya que difícilmente llegaría a 12 meses.
La diferencia entre traslado y desplazamiento es de vital importancia, ya que en el caso del traslado, el trabajador tiene derecho a optar entre aceptar el traslado o rescindir el contrato con derecho a 20 días por año de servicio.
De esta forma, siendo un desplazamiento, los pasos a dar serían los siguientes:
1.- Notificar al trabajador la decisión con 5 días laborables de preaviso. En dicha comunicación debéis justificar el desplazamiento en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; o por contrataciones referidas a la actividad empresarial. En vuestro caso, tenéis justificado, por lo que dices, el desplazamiento en una punta de trabajo excepcional, por lo que el desplazamiento estaría justificado. Os adjuntamos un MODELO de carta de desplazamiento.
2.- Abonar a la trabajadora los gastos de viaje y las dietas.
3.- Darle un permiso cada tres meses de 4 días laborables, en los que la trabajadora podrá disfrutar estando en su domicilio de Origen (en este caso, en Navarra).
En todo caso, ella podrá impugnar el desplazamiento expresando que no hay causas objetivas (producción, técnicas, organizativas, económicas, etc), pero teniendo en cuenta vuestra punta de trabajo, el hecho de que exista un antecedente de otros trabajadores que han sido desplazados de un centro a otro, hace pensar que el tema estaría justificado.
Esperamos haber resuelto su consulta.
Reciba un cordial saludo.

Atención
Esta consulta es de otro usuario, puede no estar actualizada y no responder a tu duda concreta.
Haznos AHORA tu consulta
Te aseguras una respuesta 100% adaptada a tu caso, y con jurisprudencia