¿Es Posible Aplicar Retroactivamente El Aumento Del 80% En La Bonificación De La Cotización Patronal Por Ere?

20/07/2010 Usuario LexaGo

Buenos días,

 

Como ya sabéis existe una bonificación del 50% de la cotización patronal por los empleados afectados por un ERE. A partir de la reforma laboral se aumenta hasta el 80% para el caso que se adopten una serie de medidas. Mi consulta es: ¿Se puede aplicar este aumento del 80% con carácter retroactivo a los ERE que ya estuvieran en marcha si adoptamos esas medidas que pide la reforma posteriormente?. 

Ya me diréis algo.

 

Gracias,

Respuesta de abogado

20/07/2010 LEXA Abogados
Buenos días:

 

La aplicación no puede realizarse con efectos retroactivos, pero sí a las cotizaciones devengadas a partir de la entrada en vigor de la Reforma Laboral (es decir, a las cotizaciones realizadas a partir del 18 de junio de 2010).

 

Lo dice expresamente el Real Decreto Ley 10/2010, en su disposición transitoria quinta, por lo que el tema es claro:

 

Disposición TRANSITORIA QUINTA. Normas relativas a la ampliación de la bonificación por mantenimiento del empleo y de la reposición de las prestaciones por desempleo

1. Las empresas que hayan instado expedientes de regulación de empleo, de carácter temporal, resueltos por la Autoridad laboral y con vigencia en su aplicación en la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto-ley, podrán beneficiarse de la ampliación del derecho a la bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes a que se refiere el artículo 1.2.bis de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, siempre que se reúnan las condiciones establecidas en el presente Real Decreto-ley. En todo caso, el incremento de porcentaje de bonificación únicamente podrá aplicarse respecto de las cotizaciones devengadas con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto-ley.

Espero te sirva.

Un saludo
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