2023-03-29 18:25:01

Aplicación De Convenio

En una exteranalización, la empresa principal está en Barcelona. Externaliza unas tareas que no son de su propia actividad con una contrata que tiene la ubicación en Navarra y a sus trabajadores se les aplica el Convenio Sectorial de Navarra. La actividad contratada se va a realizar con trabajadores de la contrata en las instalaciones de Barcelona de la empresa principal.



A esos trabajadores de la contrata (sede en Navarra) que van a estar en las instalaciones de la principal en Barcelona, se les aplica el convenio de Navarra?. Tendría que crear en Barcelona centro de trabajo y aplicar el convenio sectorial de Barcelona de la actividad de la contrata?.



Muchas gracias,

 22/10/2009 Usuario LEXA Online

Respuesta de abogado:

 23/10/2009 LEXA Abogados
Buenos días:



Tal y como establece el art. 1.5 del ET, se considera centro de trabajo la unidad productiva con organización específica, que sea dada de alta, como tal, ante la autoridad laboral. En vuestro caso, por lo que parece ser, el servicio que pasáis a dar en Barcelona constituye una unidad productiva autónoma. De esta forma, habrá que notificar la apertura de centro de trabajo.



Por otro lado, el ámbito de aplicación de los convenios colectivos, tal y como se establece en el art. 83 del ET,...

Recibe esta respuesta completa en tu email


Consultas relacionadas

cargando

    LexaGO

    Consultas laborales resueltas en menos de un minuto

    *El periodo de prueba es gratuito, sin compromiso y sin necesidad de tarjeta de crédito

    Somos abogados

    Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
    Joaquín Castiella Sánchez-Ostiz
    Socio director de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
    Lucia Gesta Labiano
    Lucia Gesta Labiano
    Abogada laboralista
    Juncal Fernández
    Juncal Fernández
    Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
    Adrián Ventura
    Adrián Ventura
    Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra