Voy a contratar a una persona a través de ETT para que trabaje para nosotros, pero en un centro del trabajo de un colaborador que está ubicado en Madrid.
Si lo voy a contratar directamente yo para realizar labores para nuestra empresa pero en la zona de Madrid, ¿podría utilizar el domicilio del colaborador como domicilio del centro de trabajo?. Entiendo que sí, porque es allí donde el trabajador va a estar ubicado. ¿Habría que realizar algún contrato de alquiler con este colaborador por el espacio que va a ocupar?, o si nos lo cede gratuitamente no habría que realizarlo..
Muchas gracias,
LexaGO