Aguinaldo

20/10/2009 Usuario LexaGo

Todos los años desde hace mucho tiempo se viene dando aguinaldo para navidades.



Este año, como hemos tenido que realizar reestructuraciones y la situación de la empresa se ha visto bastante afectada por la crisis, estamos pensando en suprimir el aguinaldo que siempre se ha dado.



¿podrían reclamarnos los trabajadores el aguinaldo como derecho adquirido?, ¿hay alguna vía para poder suprimirlo?.



Si nos reclaman y es derecho adquirido, tendríamos que seguir dándolo, no??



Muchas gracias,

Respuesta de abogado

21/10/2009 LEXA Abogados
Buenos días:



El citado "aguinaldo" se establece en ocasiones como condición más beneficiosa. Así se establece, por ejemplo, en la reciente sentencia de la Audiencia Nacional, de 8 de abril de 2009, en la que se considera condición más beneficiosa o derecho adquirido. En ese caso, se trataba de un aguinaldo consistente en una paga de 600 euros todos los años.



Por lo tanto, habrá que valorar (como en toda posible condición más beneficiosa) cuántos años se llevan dando dichos aguinaldos, en qué cuantía (si es siempre la misma o varía según los años y según los beneficios de la empresa), si se da a todos los trabajadores por igual, etc.



Si se llega a la conclusión de que se trata de una cuantía fija que se viene abonando todos los años desde hace tiempo a todos los trabajadores, entendemos que será...
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          una condición más beneficiosa.



          Por lo tanto, al ser además colectiva, habría que realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, siguiendo necesariamente el procedimiento establecido (período de consultas de duración no inferior a quince días, notificación posterior a los trabajadores con un plazo mínimo de 30 días, etc), y justificando la medida en la situación económica de la empresa y el sector.



          Si no existe acuerdo, habrá que notificar a los trabajadores y aplicar la medida. Estos podrán impugnarlo, tanto como conflicto colectivo, como a través de acciones individuales.



          No obstante, como comentas, si hay causas económicas y productivas, la medida está justificada.



          Esperamos haber resuelto su consulta.



          Reciba un cordial saludo.

          Somos abogados

          Eduardo Castilla Baiget
          Eduardo Castilla Baiget
          Socio de Grupo LEXA. Colegiado en el Muy Ilustre Colegio de Abogados de Pamplona
          Lucia Gesta Labiano
          Lucia Gesta Labiano
          Abogada laboralista
          Juncal Fernández
          Juncal Fernández
          Licenciada en Derecho por la Universidad de Navarra
          Adrián Ventura
          Adrián Ventura
          Graduado en Derecho por la Universidad Pública de Navarra

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