Abono De Los Despidos Prorrateado En Los Salarios

10/02/2009 Usuario LexaGo

Me gustaria saber si existe la posibilidad de pagar al trabajador indefinido cada año los 45 dias que le corresponderían por la indemnizacion del despido de forma prorrateada en las mensualidades o como una paga al finalizar el año.

De esta forma no existiría nunca ninguna indemnizacion por antiguedad y el trabajador percibiría sus derechos año a año y la empresa imputaria el gasto real de salarios en cada ejercicio.

Respuesta de abogado

11/02/2009 LEXA Abogados
Buenos días,



En algunos convenios, como el de Construcción de Navarra, ya se prohíbe, incluso, el prorrateo de las pagas extras (art. 19) y el de la indemnización por fin de contrato (art.15), por lo que entendemos que el prorrateo de la indemnización de un posible despido que se declarase improcedente, también traería consigo la misma prohibición.



Ten en cuenta que, la empresa estaría pagando dos veces una misma indemnización, ya que en caso de declarase el despido como improcedente, el prorrateo de la indemnización se considerará como salario ordinario, correspondiente al período en el que indebidamente se haya realizado el prorrateo.



Por otra parte, el derecho a percibir la indemnización de 45 días se genera en el momento en que se despide al trabajador, ya que la indemnización sufraga la pérdida de empleo, y su naturaleza es la de compensar la pérdida de retribución, es por esta razón que de prorratearse esta indemnización no se estaría cumpliendo esa naturaleza.



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